DEFENSAFISCAL
INCONSTITUCIONAL
La
SCJN
declara inconstitucional el Art 29-A cuarto párrafo del
CFF
El
derecho para cancelar CFDI no debe estar restringido al mismo ejercicio fiscal
Esta
restricción vulnera el Derecho Humano de Seguridad Jurídica, al imponer un límite del "mismo ejercicio" para cancelar un Comprobante Fiscal Digital
CFDI,
ya que limitar el derecho de cancelación de un CFDI por un tiempo limitado al mismo ejercicio fiscal, no es razonable y no tiene justificación alguna
Esta
jurisprudencia respeta también los principios de la lógica y del sentido común, sobre todo porque es congruente con las reglas de deducción de los créditos incobrables.
SIN
EMBARGO, A PARTIR DE HOY, NO TIENE EFECTOS GENERALES ESTE PRECEDENTE, por virtud de las reformas a la Ley de Amparo publicadas el día de ayer 13 de marzo del 2025.
****Para
acceder a este beneficio, es necesario un medio de defensa planteado por el contribuyente*****
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